martes, 24 de marzo de 2020

INFRACTORES SANCIONADOS CON OCHO HORAS DE ARRESTO Y EL PAGO DE 500 BOLIVIANOS DE MULTA



El Decreto Supremo 4199, que regula la cuarentena, establece que los infractores serán sancionados con ocho horas de arresto y el pago de 500 bolivianos de multa. Sin embargo, también se establecen excepciones para personal médico, militares, policías y otros segmentos.

Mercados 
El  abastecimiento de productos de la canasta familiar, sólo una persona por familia  podrá salir a comprar en mercados. Los mercados y los demás lugares de venta de víveres de la canasta familiar estarán abiertos todos los días  hasta las  12:00 del mediodía. Las fábricas, centros de producción y transporte de productos de canasta familiar  seguirán funcionando.
Las empresas públicas y privadas, personas dedicadas a  la producción de alimentos, la provisión de insumos, así como, a la elaboración de productos de higiene y medicamentos, deberán desarrollar sus actividades ininterrumpidamente o de acuerdo con  la modalidad aplicable a su actividad, a fin de garantizar la cadena productiva y de abastecimiento de la población.
Las que se dedican al abastecimiento o productores de artículos de primera necesidad deberán desarrollar sus actividades de lunes a sábado las 24 horas.
Además, deben proporcionar los medios de transporte y las autorizaciones correspondientes para el desplazamiento de su personal, señala el decreto 4199 promulgado.

BANCOS
“El sistema bancario atenderá necesidades de familias y  empresas, y las farmacias y hospitales, servicios y centros de salud estarán abiertos con normalidad y en alerta. Las personas y familias  podrán salir en caso de atención de salud”, puntualizó la mandataria Añez.

Los transportes público y privado quedan suspendidos. “Se habilitarán permisos para transportar trabajadores cuyas empresas deben seguir funcionando y para personas que trabajan en servicios de salud y servicios básicos de  agua, luz, gas”, agregó.

La Presidenta del país pidió a los habitantes mantener distancia de por lo menos un metro por precaución y exigió que la población dé cumplimiento a todas las disposiciones emanadas por el Gobierno.
“Bolivia necesita  orden y la haremos cumplir con toda la fuerza de la ley”, advirtió la Presidenta Añez.

“De corazón les pido dos cosas: Primero que no salgan de sus casas, en eso consiste la cuarentena y hay que tomar en serio las medidas. Les  pido  como madre y Presidenta quédense en sus casas. Segundo, que mantengan tranquilidad y la calma, nuestro  enemigo es el virus y el segundo el pánico. A ambos los vamos a derrotar con serenidad”, dijo.

Añez también indicó que en  los siguientes días el Gobierno activará  varias ayudas para las familias de los nueve departamentos. “Desde abril pagaremos el  Bonos Familia de 500 bolivianos y lo ampliaremos a niños en ciclo inicial. Rebajaremos tarifas de luz y prohibiremos cortes de servicios básicos y además prohibiremos corte de Internet mientras dure la cuarentena  para que  sigamos  conectados y nos ayudemos. En siguientes días vamos a tomar medidas de ayuda para la economía de pequeñas y medianas empresas. Aliviaremos  pago de créditos e impuestos”, puntualizó.



SANCIONES
El decreto advierte que las personas que incumplan lo dispuesto, serán objeto de arresto de ocho  horas más la imposición de una multa pecuniaria de 500 bolivianos.
Esto  sin perjuicio del inicio de la denuncia penal correspondiente ante el Ministerio Público por la comisión de delitos contra la salud pública.

Las personas que inciten al incumplimiento del decreto,  desinformen o generen incertidumbre a la población, serán objeto de denuncia penal por la comisión de delitos contra la salud pública. Por otra parte, los establecimientos privados que incumplan lo dispuesto por la norma  serán sancionados con el cierre del establecimiento.
La reincidencia   dará lugar a la clausura definitiva, señala el decreto.

Pueden circular quienes necesiten atención médica
Permiso excepcional, podrán circular durante la cuarentena total en el horario de  seis de la mañana a una de la tarde    personas que trabajan en tiendas de barrio, mercados, supermercados y centros de abastecimiento de artículos de primera necesidad, señala el Decreto Supremo 4199.

No hay comentarios:

Publicar un comentario